Cámara de Diputados prevé considerar 22 puntos en sesión ordinaria próxima
Publicado el: 2025-11-10
(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, determinó conformar con 22 puntos el orden del día de la sesión ordinaria prevista para el 11 de noviembre próximo, a partir de las 09:00 horas. A continuación una síntesis de los principales proyectos que serán desarrollados en la ocasión.
Veto del Poder Ejecutivo
La Cámara de Diputados, en ocasión de su sesión ordinaria próxima, analizará, entre los primeros puntos del orden del día, el veto total del Poder Ejecutivo al proyecto de ley N° 7507/2025, “Que establece conceder un aporte especial a los municipios de San Ignacio, Santa María, Santiago y Santa Rosa del Departamento de Misiones, por ser sedes distritales de los monumentos construidos por los jesuitas”.
La iniciativa tiene como objetivo conceder un aporte especial por un monto total de G. 5.000.000.000, suma que sería distribuida de forma anual, durante 3 años, a los municipios de San Ignacio, Santa María, Santiago y Santa Rosa (Departamento de Misiones), como sedes distritales de las ruinas jesuíticas, según el documento original.
Es importante mencionar la Cámara de Diputados, como cámara revisora, introdujo modificaciones al proyecto original, consistente en la disminución de la cantidad de años en los que debían ser distribuidas las compensaciones (de 3 a 1 año).
El Poder Ejecutivo, sin embargo, objeto totalmente el proyecto aduciendo que “las previsiones presupuestarias para el Ejercicio Fiscal 2025, ya han sido realizadas y cualquier modificación o inclusión adicional no contemplada, originalmente, resultará en detrimento de los demás beneficiarios durante el proceso de distribución y liquidación de los recursos”.
Señala también que, estos recursos (de Itaipú y Yacyretá), actualmente, financian programas y proyectos de alta trascendencia social y económica, como alimentación escolar, infraestructura, acceso a servicios básicos y reducción de brechas de desarrollo.
Por lo tanto, enfatiza, cualquier redireccionamiento podría comprometer Ia sostenibilidad de iniciativas esenciales y afectar, negativamente, a otros beneficiados conforme al esquema de distribución vigente.
El veto total, en primera instancia, ya fue rechazado en Cámara de Senadores mediante resolución N° 1468.
Transporte escolar gratuito
La plenaria de la Cámara de Diputados, igualmente, prevé analizar un proyecto de ley que busca modificar el artículo 13 de la Ley N° 7264/24, conocida como "Hambre Cero en las Escuelas", con el objetivo de permitir la utilización de fondos para la adquisición y mantenimiento de unidades de transporte escolar en todo el país.
La iniciativa propone que los gobiernos municipales de todo el país puedan destinar recursos provenientes de royalties y compensaciones de Itaipú, para financiar el transporte escolar, en lugar de limitarse, exclusivamente, a infraestructura educativa como establece la ley actual.
En esencia, propone que parte de los ingresos percibidos por los gobiernos municipales en virtud del pago de royalties, dentro del marco de la ley Hambre Cero en las Escuelas, sea destinado para la adquisición y mantenimiento de equipos de transportes escolares; y/o, contratación de servicios de transportes escolares.
La propuesta surge, según la exposición de motivos, "ante la imperiosa necesidad de garantizar el acceso equitativo a la educación en las comunidades más vulnerables del país, donde las dificultades geográficas y la falta de infraestructura de transporte representan una barrera para la asistencia regular de niños y jóvenes a sus centros educativos".
Asimismo, el proyecto establece que la Contraloría General de la República deberá realizar un riguroso control sobre la ejecución de estos fondos.
El proyecto fue rechazado por la Cámara de Senadores, tras su aprobación en la Cámara de Diputados, donde volvió el proyecto para su tercer trámite constitucional.
Historia clínica electrónica
El proyecto de ley “Que crea la historia clínica electrónica y el registro nacional de historias clínicas electrónicas”, es otro de los documentos que será puesto a consideración de los diputados en ocasión de la próxima sesión ordinaria.
Esta iniciativa, tras ser aprobada, inicialmente en la Cámara de Diputados, fue rechazada por la Cámara de Senadores, y remitida, nuevamente, a la Cámara Baja para su revisión.
La iniciativa propone la creación de un registro nacional de historias clínicas electrónicas, con el objetivo de garantizar la interoperabilidad entre los prestadores de servicios de salud, tanto públicos como privados, según explicaciones del documento.
“Este proyecto impulsa el uso de herramientas tecnológicas seguras para elevar la calidad de los servicios de salud, proteger los datos personales de los pacientes y promover políticas públicas basadas en información confiable y precisa”, destacó.
Además, el proyecto busca asegurar la continuidad de la atención médica mediante estándares rigurosos de confidencialidad, integridad y seguridad, salvaguardando la privacidad de los datos de los pacientes.
La propuesta, igualmente, contempla situaciones de emergencia, como accidentes, donde el acceso inmediato al historial médico puede marcar la diferencia en la respuesta sanitaria.
“Se trata de un proyecto acorde a los tiempos actuales, donde la tecnología debe estar al servicio eficiente de la función pública”, puntualiza la fundamentación del proyecto.
Se encuentra en su tercer trámite constitucional.
Introducción no autorizada de teléfonos
Otro documento legislativo que figura en el orden del día para su tratamiento durante la sesión ordinaria próxima de la Cámara de Diputados, trata del proyecto de ley “Que prohíbe la introducción no autorizada de teléfonos celulares, satelitales, equipos informáticos o cualquier medio de comunicación, electrónico o no, en los centros penitenciarios y centros educativos en contexto de encierro”.
El documento subraya la necesidad de fortalecer la seguridad en el sistema penitenciario nacional y reducir la influencia del crimen organizado.
Según la exposición de motivos, la introducción de dispositivos electrónicos en las cárceles facilita actividades delictivas como extorsiones, tráfico de drogas, estafas, homicidios y, hasta riesgo de planificación de fugas.
El proyecto de ley propone penas privativas de libertad que oscilan entre dos y siete años para quienes introduzcan estos dispositivos, dependiendo de las circunstancias y el rol del infractor.
Los castigos más severos se aplicarán a funcionarios públicos o proveedores autorizados en los centros penitenciarios que violen las normas, con penas de hasta siete años de prisión. Además, se contempla la penalización de la tentativa.
La exposición de motivos resalta que, pese a los esfuerzos de las autoridades por controlar el ingreso de estos dispositivos, la problemática persiste debido a vulnerabilidades tecnológicas y la falta de sanciones contundentes.
“El sistema de inhibición de señales de comunicación celulares actualmente posee puntos vulnerables, los cuales pueden ser aprovechados para anular el bloqueo y así utilizar los dispositivos celulares por un tiempo o bien de manera indefinida”, dice una parte del texto.
Datos oficiales revelan que hasta agosto del presente año se incautaron más de 500 celulares en las cárceles, evidenciando la gravedad del problema.
La propuesta enfatiza que esta iniciativa no solo busca proteger a la sociedad del impacto de actividades criminales organizadas desde las prisiones, sino también disuadir a posibles infractores mediante la implementación de sanciones más severas.
Este proyecto de ley obtuvo rechazo por parte de la Cámara de Senadores, tras su aprobación, en primera instancia, en la Cámara de Diputados. Se encuentra en su tercer trámite constitucional.
Uso de videocámaras
La Cámara de Diputados estudiará, igualmente, en su próxima sesión ordinaria el proyecto de ley “Que regula la utilización de videocámaras por las fuerzas públicas con participación ciudadana”.
Esta iniciativa, fundamentada en los artículos 172 y 175 de la Constitución Nacional, propone modernizar las herramientas de prevención del delito mediante el uso controlado de sistemas de grabación de imágenes y sonidos en espacios públicos.
Según la exposición de motivos, el proyecto surge ante la necesidad de regular el funcionamiento de las videocámaras que ya utilizan tanto la Policía Nacional a través del Sistema 911, como vecinos organizados y particulares.
El texto establece que la instalación de cámaras fijas requerirá autorización previa de la Policía Nacional, basada en criterios de proporcionalidad y estudios de mapas de criminalidad.
Un aspecto central es la creación de consejos vecinales con autoridades reglamentadas, que colaborarán con la Policía Nacional mediante un observatorio permanente de seguridad ciudadana, pudiendo inclusive aportar equipamiento tecnológico.
El proyecto contempla también el uso de videocámaras móviles en patrulleras y por los propios agentes durante sus intervenciones. Las grabaciones deberán destruirse al mes de su captación, salvo que estén vinculadas a infracciones graves, investigaciones policiales o procedimientos judiciales abiertos, según la propuesta.
El documento garantiza derechos fundamentales estableciendo que el público será informado sobre la existencia de cámaras, y las personas podrán ejercer el derecho de acceso y cancelación de las imágenes donde aparezcan.
Además, dispone la inmediata entrega a la justicia de grabaciones que capten posibles ilícitos penales.
Enfatiza, finalmente, que la iniciativa no pretende modificar estructuras de poder, sino colaborar con equipamientos y regulación de plataformas tecnológicas que coadyuven la labor policial, con alta participación y control ciudadano, respetando las competencias de gobiernos departamentales y locales consagradas constitucionalmente.
Se encuentra en su primer trámite constitucional
Comiso de bienes
La Cámara de Diputados, en ocasión de su sesión ordinaria próxima, considerará el proyecto de ley “Que regula el comiso de bienes en armonía con el artículo 20 de la Constitución Nacional”, que, expresamente, prohíbe la confiscación de bienes como pena.
La exposición de motivos explica que busca establecer límites claros a la confiscación estatal y garantizar el debido proceso en la privación de bienes. Argumenta, por otro lado, que el fortalecimiento del Estado de Derecho requiere "garantizar un régimen jurídico que brinde certeza, protección y previsibilidad a los ciudadanos" respecto al derecho de propiedad.
El proyecto, según el documento, surge ante la necesidad de establecer un marco jurídico claro que proteja el derecho de propiedad mientras permite al Estado recuperar activos provenientes de actividades ilícitas, pero siempre dentro de los límites constitucionales.
En esencia, la iniciativa establece que el comiso solo podrá aplicarse sobre bienes que tengan una vinculación directa y comprobada con hechos punibles, es decir, que constituyan "producto o instrumento del delito", impidiendo así la afectación generalizada del patrimonio ciudadano.
Una de las disposiciones centrales del proyecto es que el comiso únicamente podrá ser dispuesto mediante sentencia judicial firme, dictada en un proceso que respete, íntegramente, las garantías del debido proceso legal. “Esto refuerza el principio constitucional de que ninguna persona puede ser privada de sus bienes sin una sentencia judicial firme", afirma el documento.
El texto también incorpora el principio de presunción de inocencia como regla aplicable a todo procedimiento que pueda afectar los derechos fundamentales, limitando, significativamente, la posibilidad de aplicar el comiso sin condena previa.
Por otro lado, admite, igualmente, el comiso sin condena penal solo en casos excepcionales, como el fallecimiento del imputado durante el proceso, pero establece condiciones estrictas que incluyen: Acreditación de la existencia objetiva del hecho punible; demostración del nexo causal directo entre los bienes y el delito; garantía del derecho de defensa para herederos y terceros afectados; y protección de derechos adquiridos por terceros de buena fe
Sostiene que el proyecto busca un equilibrio entre la necesidad estatal de combatir el enriquecimiento ilícito y la obligación de respetar los derechos fundamentales, especialmente, la propiedad, el debido proceso y la seguridad jurídica.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Reconducción tácita en CSJ
La plenaria de Diputados, también, tratará en su próxima sesión ordinaria, un proyecto de ley “Que deroga el artículo 19 de la Ley N° 609/95, ‘Que organiza la Corte Suprema de Justicia’”, norma que ha sido declarada inconstitucional en reiteradas ocasiones por el máximo tribunal del país, según la exposición de motivos.
La iniciativa legislativa apunta a eliminar la disposición que permite la "reconducción tácita" de los ministros de la Corte Suprema de Justicia, una vez cumplido su período, manteniéndolos en funciones hasta la designación de sus sucesores.
“Esta norma ha sido cuestionada mediante acciones de inconstitucionalidad presentadas por los propios ministros, los que han obtenido fallos favorables, sistemáticamente, incluyendo los Acuerdos y Sentencias N° 672 y 671 de octubre de 2021”, según el documento.
En esencia, el argumento principal expresa que el artículo 19 contradice el artículo 261 de la Constitución Nacional, “que establece, taxativamente, que los ministros de la Corte solo pueden ser removidos mediante juicio político, al cumplir 75 años de edad, o por dimisión voluntaria”.
Según la exposición de motivos, la derogación busca garantizar la inamovilidad de los magistrados, como pilar fundamental de la independencia judicial, protegiéndolos de influencias partidarias o políticas.
Explica, además, que una vez completado el proceso constitucional de designación de un ministro de la Corte Suprema de Justicia —que comprende tres pasos: la designación por parte del Senado, el otorgamiento del acuerdo por el Poder Ejecutivo y la toma de juramento— el magistrado adquiere inamovilidad en su cargo.
“Esto significa que no puede ser removido de su función (cumplido los cinco años), excepto por las tres causales expresamente previstas en la Constitución: juicio político, cumplimiento de 75 años de edad, o renuncia voluntaria”, aclara.
Agrega, además, que esta inamovilidad no es un privilegio personal, sino una garantía institucional de la independencia del Poder Judicial.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Pensión a personas con discapacidad severa
Igualmente forma parte del orden del día, un proyecto de ley que busca modificar seis artículos de la ley que establece la pensión universal para adultos mayores, con el objetivo de extender este beneficio a las personas con discapacidad severa, independientemente de su edad.
El acápite oficial del documento es: “Que modifica los artículos 3°, 7°, 8°, 10, 12 y 17 de la Ley N° 7322/2024, ‘Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión’”.
La propuesta legislativa surge como respuesta a una "omisión significativa" en la ley original, que dejó desprotegida a una población vulnerable que enfrenta barreras importantes para su inclusión social y económica, según la exposición de motivos.
El proyecto prevé otorgar un aporte económico mensual equivalente al 25% del salario mínimo vital a personas vulnerables que, por su edad o condición física, no pueden acceder al mundo laboral.
“La ley actual no contempla a personas con discapacidad severa de cualquier edad, dejando desprotegida a una población vulnerable que aparte de las carencias y dolencias físicas, debe sobrellevar costosos tratamientos médicos", se argumenta en el escrito de presentación.
Artículo 3: Establece la incorporación de las personas con discapacidad severa, certificadas por SENADIS, como beneficiarias de la pensión mensual no menor al 25% del salario mínimo, independientemente de la edad.
Artículo 7: Crea el "Fondo de Pensión a Personas con Discapacidad Severa" como complemento al fondo existente para adultos mayores.
Artículo 8: Establece que el Ministerio de Economía y Finanzas debe crear un objeto de gasto específico para el pago de pensiones tanto a adultos mayores como a personas con discapacidad severa.
Artículo 12: Mantiene las mismas restricciones para acceder al beneficio, excluyendo a quienes reciban remuneraciones del sector público o privado, contribuyan al Impuesto a la Renta o posean más de 30 cabezas de ganado.
“La medida no solo promoverá la inclusión social, sino que también aliviará la carga económica de las familias que cuidan personas con discapacidad severa”, dice, finalmente, la exposición de motivos.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Día Nacional del Estudiante
El orden del día de la Cámara de Diputados, por otro lado, prevé el estudio de un proyecto de ley que busca proclamar el 23 de octubre de cada año como el "Día Nacional del Estudiante".
Esta iniciativa tiene como objetivo principal conmemorar y reconocer el papel fundamental que desempeñan los estudiantes en la construcción de una sociedad más justa, equitativa y solidaria, según el documento de fundamentación.
En la exposición de motivos del proyecto, se establece que "la educación es un pilar fundamental para el desarrollo y progreso de cualquier nación" y que "los estudiantes son la esperanza y el futuro de nuestra patria", por lo que es esencial reconocer su importancia dentro de la sociedad paraguaya.
Agrega que la fecha propuesta para celebrar el Día Nacional del Estudiante hace referencia a la gesta estudiantil del 23 de octubre de 1931, cuando estudiantes secundarios y universitarios se manifestaron frente al Palacio de Gobierno para exigir una, contundente, respuesta a la invasión boliviana al Chaco Paraguayo.
“Lamentablemente, la manifestación fue reprimida, violentamente, por las fuerzas de seguridad, dejando un saldo de 11 estudiantes fallecidos, quienes fueron las primeras víctimas de la Guerra del Chaco”, expresa el documento.
El proyecto de ley plantea que, en el marco de esta conmemoración anual, las instituciones educativas, tanto públicas como privadas, puedan organizar una "Semana del Estudiante", con actividades como charlas, conferencias, eventos deportivos y culturales, concursos y ferias educativas, así como debates y paneles sobre las necesidades de los jóvenes.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Derechos humanos de las personas mayores
Otro de los puntos que será abordado por la Cámara de Diputados, en ocasión de su sesión ordinaria próxima es el proyecto de ley “Que aprueba la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores”, adoptada en Washington D.C., Estados Unidos de América, el 15 de junio de 2015.
El objetivo principal es garantizar que las personas mayores puedan ejercer todos sus derechos humanos y libertades en igualdad de condiciones. La meta es lograr su plena inclusión y participación en la sociedad.
La Convención aclara que sus disposiciones no limitan otros derechos o beneficios que ya puedan tener las personas mayores según las leyes nacionales o el derecho internacional. Es decir, busca sumar protecciones, no quitarlas.
Según la exposición de motivos, los países que firmen este tratado se comprometen a crear o modificar las leyes necesarias para garantizar efectivamente estos derechos, siguiendo sus propios procedimientos constitucionales.
Sin embargo, el documento establece que los Estados solo podrán imponer restricciones a estos derechos mediante leyes específicas, y únicamente cuando sea necesario para preservar el bienestar general en una sociedad democrática, siempre que no contradigan el espíritu de la Convención.
Se encuentra en su segundo trámite constitucional. Cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores.
Protección contra el grooming
La plenaria de la Cámara de Diputados, en sesión ordinaria de esta semana, también prevé el análisis del proyecto de ley “De protección de niños, niñas y adolescentes contra el grooming en Paraguay”.
La propuesta legislativa tiene por objeto establecer un marco legal para la protección de niños, niñas y adolescentes contra el acoso sexual a menores de edad a través de medios digitales (grooming).
“El grooming es un delito que implica el acoso y la manipulación de menores por parte de adultos a través de internet, con el objetivo de establecer una relación de confianza que luego puede llevar a situaciones de abuso o explotación sexual”, indica el documento presentado.
De esta manera, los legisladores proyectistas buscan prevenir, sancionar y erradicar estas prácticas en el territorio de la República del Paraguay.
Según lo expresado en la exposición de motivos, el grooming es una problemática creciente en el contexto digital actual, debido a la facilidad de acceso a internet de los menores y la falta de una supervisión adecuada a los mismos por parte de los adultos.
El documento explica que países de la región han implementado legislaciones para combatir este delito, razón por la cual existe una necesidad imperante de modernizar la legislación paraguaya.
En nuestro país, la ley Nº 6002/2017, introdujo una modificación al artículo 135 del Código Penal, con lo que se incluye el delito de abuso a menores de edad a través de medios tecnológicos.
Aun así, la norma no introduce, específicamente, delitos con la nomenclatura de grooming, sexting o cyberbullying, dice, finalmente, la exposición de motivos.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Arsenio Erico a atletas junior
La plenaria de la Cámara de Diputados someterá a consideración de su plenaria el estudio del proyecto de resolución "Que concede el premio Arsenio Pastor Erico Martínez, a los competidores paraguayos, ganadores de las preseas de oro, plata y bronce, de los II Juegos Panamericanos Junior Asunción 2025”.
La iniciativa presentada busca reconocer el esfuerzo y dedicación de la juventud deportiva nacional que participó en este evento de trascendencia continental, el cual sirvió además como clasificatorio para futuros Juegos Panamericanos.
Los II Juegos Panamericanos Junior Asunción 2025 representaron más que una competencia deportiva de alto nivel. Según la exposición de motivos del proyecto, constituyeron "una plataforma estratégica para el desarrollo integral de nuestros jóvenes talentos", ofreciendo un escenario de alta competitividad que impulsó el espíritu olímpico y el intercambio cultural entre las naciones americanas.
La propuesta legislativa destaca que los atletas paraguayos demostraron "una notable capacidad para superar toda clase de dificultades" y que sus logros fueron resultado de "un inquebrantable compromiso, disciplina y valentía".
De aprobarse la resolución, los medallistas recibirán una placa de reconocimiento que será entregada por la Cámara de Diputados, en un acto que busca visibilizar públicamente los logros deportivos alcanzados por la juventud paraguaya.
El proyecto subraya que este reconocimiento no solo fortalecerá el deporte juvenil, sino que también inspirará a futuras generaciones a seguir el camino de la disciplina y la excelencia deportiva.
Efectos jurídicos de derogación de leyes
El orden del día a ser desarrollado por la Cámara de Diputados, en su próxima sesión ordinaria, contempla el estudio del proyecto de ley “Que modifica el artículo 7º de la Ley N° 1183/1985, Código Civil”, con el objetivo de establecer con mayor claridad los efectos jurídicos de la derogación de normas y evitar la reactivación automática de leyes previamente anuladas
La iniciativa presentada propone incorporar al texto vigente una aclaración fundamental: “cuando una ley es derogada, las normas que esta hubiera dejado sin efecto no recuperan, automáticamente, su vigencia. Para que una ley derogada vuelva a tener fuerza jurídica, deberá reproducirse su texto, íntegramente, y cumplir con todo el procedimiento constitucional establecido para la formación y sanción de leyes”, dice el agregado del presente artículo.
La exposición de motivos justifica esta modificación señalando que existe una "zona de ambigüedad" en la práctica jurídica actual respecto a las consecuencias de derogar una ley sobre aquellas normas que esta misma había anulado previamente.
Esta indefinición, advierte, genera incertidumbre en el sistema jurídico y podría abrir espacios para interpretaciones erróneas que afecten la estabilidad del orden legal.
La propuesta busca reforzar el principio de no reviviscencia de normas derogadas, impidiendo que por vía administrativa, jurisprudencial o doctrinal se intenten reactivar disposiciones sin la debida intervención del Poder Legislativo.
El documento subraya, además, que esta reforma adquiere especial relevancia en un contexto de "alta inflación legislativa", donde la técnica derogatoria no siempre es respetada con rigurosidad.
La modificación se presenta como una mejora técnica y sistemática del Código Civil, orientada a fortalecer la seguridad jurídica, la previsibilidad normativa y el correcto funcionamiento del Estado de Derecho.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Pulverizaciones aéreas
El proyecto de ley “Que amplía el artículo 4° de la Ley N° 716/96, Que sanciona delitos contra el medio ambiente”, también forma parte del orden del día de la próxima sesión ordinaria de la Cámara de Diputados
La iniciativa busca que los responsables de pulverizaciones aéreas y terrestres con agrotóxicos, que no cumplan con las mínimas condiciones de seguridad, también sean incluidos como causales para la sanción con penas privativas de libertad.
La ley actual ley establece que serán sancionados con penitenciaría de tres a ocho años o multas de 500 a 2.000 jornales mínimos legales para actividades diversas no especificadas: a) Los que realicen tala o quema de bosques o formaciones vegetales que perjudiquen gravemente el ecosistema; b) Los que procedan a la explotación forestal de bosques declarados especiales o protectores; c) Los que trafiquen o comercialicen ilegalmente rollos de madera o sus derivados; y, d) Los que realicen obras hidráulicas tales como la canalización, desecación, represamiento o cualquier otra que altere el régimen natural de las fuentes o cursos de agua de los humedales, sin autorización expresa de la autoridad competente y los que atenten contra los mecanismos de control de aguas o los destruyan.
La ampliación del referido artículo es la siguiente: “Los que realicen pulverizaciones aéreas y terrestres, utilizando agrotóxicos, fertilizantes, plaguicidas, insecticidas, u otros productos fitosanitarios de cualquier clasificación toxicológica en zonas adyacentes a asentamientos humanos, instituciones educativas públicas o privadas, centros y puestos de salud, plazas, lugares de concurrencia pública, nacientes y en cursos de agua, sin respetar las franjas de protección impuestas en la normativa aplicable”.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Otros proyectos
La Cámara de Diputados también tiene agendado estudiar un total de siete desafectaciones de terrenos en diferentes puntos del país, cuyos detalles se exponen a continuación:
-Proyecto de ley “Que desafecta del dominio público municipal y autoriza a la Municipalidad de Ñemby, a transferir a título gratuito a favor de la diócesis de San Lorenzo, un inmueble individualizado como parte de la finca nº 21.744, ubicado en el barrio Rincón del citado municipio, para asiento de la casa parroquial de la Capilla San Juan de Dios”. Se encuentra en su primer trámite constitucional.
-Proyecto de ley “Que declara de interés social y autoriza a la Gobernación del Departamento de Amambay, a transferir a título gratuito, a favor de la Universidad Nacional – Filial Pedro Juan Caballero, una fracción de inmueble de su dominio privado, identificada como parte de la finca Nº 9763 del distrito de Pedro Juan Caballero. Se encuentra en su tercer trámite constitucional, tras sufrir modificaciones en la Cámara de Senadores.
-Proyecto de ley “Que declara de interés social y dispone la transferencia a título gratuito a favor de la Municipalidad de Pedro Juan Caballero, Departamento de Amambay, de las fracciones de inmuebles que forman parte de la finca N° 2.214, de propiedad del Ministerio de Educación y Ciencias, con fines de regularización de ocupaciones urbanas de hecho de carácter habitacional”. Se encuentra en su tercer trámite constitucional, tras sufrir modificaciones en la Cámara de Senadores.
-Proyecto de Ley “Que declara de interés social y utilidad pública y autoriza a la Municipalidad de Guajayvi, a transferir a título gratuito, a favor de la Universidad Nacional de Asunción, una fracción de terreno para asiento de la Facultad de Ciencias Químicas – Filial San Pedro, Sede Guajayvi”. Cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores.
-Proyecto de Ley “Que desafecta del dominio público municipal y autoriza a la Municipalidad de Fernando de la Mora, a transferir a título oneroso un inmueble individualizado con Cta. Cte. Ctral. N° 27-1036-03, finca N° 3722 a favor de su actual ocupante”. Se encuentra en su primer trámite constitucional.
-Proyecto de Ley “Que declara de interés social y expropia a favor del Estado paraguayo – Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), un inmueble identificado como finca Nº 87, padrón Nº 8593, lugar denominado Bella Vista del distrito de Yhu, Departamento Caaguazú, para su posterior transferencia a título oneroso a favor de sus actuales ocupantes”. Se encuentra en su primer trámite constitucional.
-Proyecto de Ley “Que desafecta del dominio público municipal y autoriza a la Municipalidad de Santa Rita a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo (Corte Suprema de Justicia), un inmueble individualizado como lote N° 1 de la manzana N° 11 Cta. Cte. Ctral. N° 26-0749-01, para la construcción de la sede de la Corte Suprema de Justicia y del Ministerio Público”. Se encuentra en su primer trámite constitucional.
Compartir este artículo: